limpieza antes de iniciar la fabricación de
otro producto. Deben mantenerse
registros de tales procedimientos.
18.16 De ser necesario, debe
verificarse de antemano que los equipos
destinados a la producción y a la
realización de pruebas son aptos para
estos fines.
18.17 En caso necesario se debe
contar con equipos de control del proceso
de producción. Los equipos destinados a
la medición, registro y control deben
calibrarse y verificarse a intervalos
regulares
y
empleando
métodos
adecuados. Deben mantenerse registros
adecuados de estas operaciones.
18.18 Los equipos defectuosos deben
marcarse inmediatamente con etiquetas
alusivas y repararse o retirarse lo más
pronto posible. Las operaciones de
mantenimiento técnico y reparación
deben documentarse debidamente.
SANEAMIENTO
18.19 Se debe contar con programas
escritos de saneamiento. Estos deben
incluir procedimientos validados de
limpieza de las instalaciones y los
equipos, normas de calidad para el agua,
instrucciones referentes a la higiene en la
fabricación y manipulación de productos,
e instrucciones relacionadas con la salud,
prácticas higiénicas, vestimenta del
personal y procedimientos de disposición
de materiales desechados y residuos no
utilizables.
18.20 Dichos programas deben ser
puestos en práctica, como asimismo
ponerse a conocimiento del personal
involucrado y destacarse su importancia
en las sesiones de capacitación.
18.21 Las personas deben usar ropas
de protección y otros artículos de
protección
apropiados
para
las
operaciones respectivas.
18.22 En las áreas donde se efectúan
las operaciones de producción no se debe
permitir comer, fumar, ni desarrollar
actividades antihigiénicas.
DOCUMENTACION
Fórmulas maestras -
18.23 Es necesario contar con
instrucciones escritas acerca de cada una
de
las
etapas
de
fabricación,
almacenamiento y control de calidad de
los productos. Dichas instrucciones deben
ser actualizadas en la medida que sea
necesario.
18.24 Se debe preparar una fórmula
maestra, con instrucciones escritas
relacionadas con las materias primas y los
materiales de envasado (con referencia a
la calidad y a la cantidad), como también
detalles acerca de los procedimientos de
fabricación y control de calidad para cada
farmoquímico. De ser posible, la fórmula
maestra debe prepararse para los tamaños
de lotes normalizados.
18.25 El contenido y la distribución de
las instrucciones y de las fórmulas
maestras dentro de la compañía deben
estar a cargo de personas competentes que
posean suficiente experiencia en la
producción y el control de calidad. Tanto
las instrucciones como las fórmulas
maestras deben estar debidamente
firmadas y fechadas.
18.26
Las
fórmulas
maestras
desactualizadas deben ser retiradas y
guardadas para referencia. Deben
prepararse copias de las fórmulas
maestras, de tal forma que se elimine la
posibilidad de error en la transcripción.
18.27 En algunas circunstancias,
como por ejemplo en los primeros lotes
de producción, tal vez no sea necesario
modificar la fórmula maestra. Cualquier
modificación debe ser autorizada y
firmada por la persona autorizada. El
documento
modificado
debe
ser
reemplazado lo antes posible por una
nueva fórmula maestra.
Documentación de los lotes -
18.28 Durante la producción de cada
lote de productos semielaborados y de
ingredientes farmacéuticos activos debe
completarse un registro de fabricación. El
registro debe contener las partes
pertinentes de la fórmula maestra, e
incluir los siguientes datos:
a)
El nombre del producto (y la
denominación común internacional, si
corresponde) o etapa y el tamaño y
número de lote;
b)
Las fechas de las distintas etapas de
producción;
c)
Los detalles de la producción,
incluso una referencia a los principales
equipos utilizados y los rendimientos;