| GUÍA DE TRÁMITES Y SERVICIOS |
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La ANMAT a través del INAL ejerce su actividad regulatoria en alimentos, envases y materiales en contacto con alimentos y productos domisanitarios en jurisdicciones específicas: |
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| HABILITACIÓN / REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS | ||||||||||||||||||||
El Código Alimentario Argentino establece las condiciones básicas generales para la elaboración, importación y exportación de productos alimenticios así como para los establecimientos donde se generan los mismos. De todas formas, para algunas producciones existen normativas específicas que las regulan. |
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El registro del establecimiento es el primer trámite, es decir que debe realizarse antes del registro del producto. Registro Nacional de establecimientos (RNE) es otorgado por el INAL y permite la importación y exportación de productos acondicionados para la venta directa al público, exclusivamente. |
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Alimentos y Suplementos Dietarios: A solicitud del interesado, personal especializado de nuestro organismo, verifica el cumplimiento de las normas específicas que permiten habilitar / registrar locales para funcionar como importadores y /o exportadores de productos alimenticios, suplementos dietarios y sus insumos. Este registro (RNE de exportación – importación) es requisito indispensable para poder importar materias primas para la operatoria propia y de exportar productos. |
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| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3511 Correo electrónico: establecimientos@anmat.gov.ar |
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| AUTORIZACIONES DE PRODUCTOS PARA SU COMERCIALIZACIÓN Y DE USO COMPASIVO | ||||||||||||||||||||
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| Registro de Productos Importados | ||||||||||||||||||||
Es otorgado por el INAL para cada producto importado acondicionado para la venta directa al público. Es requisito su tramitación para todo producto que pretenda ingresar y comercializarse en el territorio de la República Argentina, salvo que se trate de productos acondicionados para la venta directa al público provenientes de países miembros del MERCOSUR, caso en que no se requiere su tramitación, de conformidad a lo dispuesto por la Resolución N° 876/97 y la Disposición N° 5434/98 si hay reconocimiento mutuo. |
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El número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) correspondiente al establecimiento del titular del trámite de registración del producto, es un dato indispensable para el inicio de las registraciones de productos. |
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| Registro de Productos exclusivos para exportar | ||||||||||||||||||||
Es otorgado por el INAL para aquellos productos que no se hallan registrados y que se elaboran exclusivamente para exportar. |
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El número de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) correspondiente al establecimiento del titular del trámite de registración del producto, es un dato indispensable para el inicio de las registraciones de productos. |
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Alimentos y Suplementos Dietarios: A solicitud del interesado, el INAL realiza la evaluación técnica previa a la autorización de importación y/o exportación de productos de acuerdo a las normativas específicas con la finalidad de asegurar que aquellos aprobados reúnan los requisitos de inocuidad y calidad. |
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Nota: (SD) sólo para suplementos dietarios. |
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| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3513/ 3514 Correo electrónico: alimentos_especiales@anmat.gov.ar alimentos@anmat.gov.ar |
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| Autorización de envases y materiales en contacto con alimentos | ||||||||||||||||||||
A solicitud del interesado, autorizamos equipamientos, envases, revestimientos, tapas y utensilios, nacionales o importados, que estarán en contacto con alimentos y/ o sus materias primas durante la elaboración, fraccionamiento, envasado, transporte, comercialización, elaboración y/ o expendio de acuerdo a las normativas específicas con la finalidad de asegurar que aquellos productos autorizados reúnan los requisitos de aptitud y seguridad. |
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Consultas: TE: 4340-0800 int: 3505 (de 10 a 13 hs) |
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| Autorización de ingreso de productos importados al país (2.6) | ||||||||||||||||||||
La autorización de entrada al país se realiza lote a lote y de acuerdo con el análisis de la documentación, o si realiza la toma de muestra y posterior análisis, puede ser “sin derecho a uso” o con “ libre circulación”. |
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| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3533/ 3535/ 3502 Correo electrónico: importaciones@anmat.gov.ar |
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| Autorización de egreso de productos del país. | ||||||||||||||||||||
Es nuestra responsabilidad intervenir en la autorización de salida del país de los productos de nuestra competencia. Así como también emitir las certificaciones de cumplimiento de normas de aptitud, de Procedimientos Operativos Estandarizados de Saneamiento, de Buenas Prácticas de Manufactura y de Libre de Enfermedades de Transmisión Alimentaria para la exportación. |
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| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3502/ 3533/ 3535 Correo electrónico: exportaciones@anmat.gov.ar | ||||||||||||||||||||
| Sistema Nacional de Vigilancia Alimentaria | ||||||||||||||||||||
El INAL realiza tareas de vigilancia de los productos de su competencia y da respuesta a las inquietudes y reclamos recibidos, elabora recomendaciones y emite alertas sanitarios ante situaciones de riesgo motivadas por productos o procedimientos potencialmente peligrosos. |
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Sobre la base de esa información, realiza acciones tendientes a: |
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a) Identificar en forma temprana los alimentos que no cumplen con los requisitos del Código Alimentario Argentino |
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b) Retirar del mercado los productos contaminados |
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c) Corregir las malas prácticas de elaboración utilizadas en los establecimientos y en los hogares |
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d) Realizar acciones tendientes a la prevención y el control de las Enfermedades de Transmisión Alimentaria (ETA) |
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e) Evaluar la efectividad de programas y normas alimentarias |
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Si Usted no está conforme con la higiene de un restaurante, supermercado, rotisería u otro establecimiento / local que elabora, fracciona o expende alimentos o si ha consumido / adquirido alimentos que considera que no son seguros, Usted puede realizar un reclamo/ denuncia / consulta. |
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También puede realizar consultas respecto de los materiales en contacto con alimentos. |
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| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3537/ 3526 4340-0888/ 9 0-800-222-6110 Correo electrónico: vigi.alimentaria@anmat.gov.ar |
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Si Usted es un profesional de la salud, puede realizar la notificación de un caso / brote de ETA. ante el Departamento de Vigilancia Alimentaria, a través de los siguientes medios: |
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¿Qué tipo de denuncias/ reclamos se pueden presentar en el INAL? |
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Usted puede denunciar problemas relacionados con alimentos, suplementos dietarios, materiales y/ o envases en contacto con ellos y productos domisanitarios (productos de limpieza, desodorantes de ambiente, insecticidas, rodenticidas, etc. A este Último fin, consulte el link “otros Productos, “Domisanitarios”, “Trámites”). |
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Denuncie por ejemplo: |
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| ¿Cómo puedo hacer para presentar mi reclamo/ denuncia? | ||||||||||||||||||||
La información que Usted debe estar preparado para suministrar al INAL incluye: |
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| Usted puede presentar su reclamo/ denuncia: |
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| Otros lugares donde informarse y presentar reclamos. | ||||||||||||||||||||
Usted puede obtener información sobre alimentos o realizar denuncias en la oficina bromatológica del municipio al que pertenece. |
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Para saber qué oficina bromatológica le corresponde consulte el “LISTADO DE AUTORIDADES SANITARIAS PROVINCIALES Y DELEGACIONES DEL INAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”. |
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| ¿Qué acciones generará mi reclamo? | ||||||||||||||||||||
El INAL investiga su denuncia para prevenir problemas de salud en la comunidad. Su denuncia puede indicar un problema y evitar que otras personas resulten enfermas o perjudicadas. |
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Según la naturaleza del problema, se adoptarán las medidas que se consideren necesarias para garantizar la provisión de productos seguros. Con la información que usted aporta, el INAL, a través de inspecciones, análisis y/o consultas, investigará lo ocurrido para determinar dónde y cuáles fueron las fallas para poder corregirlas. En caso que corresponda, se iniciará un sumario a fin de determinar quiénes fueron responsables imponiéndo sanciones a las personas o empresas que hubieran cometido la falta. |
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Cabe aclarar que las denuncias son anónimas, los datos personales que se solicitan son para poder establecer un nuevo contacto con el denunciante. Todas las denuncias reciben respuesta, pero no de manera instantánea ya que las investigaciones pueden durar varias semanas. |
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Es importante que tenga en claro que el INAL no puede ayudarlo a recuperar su dinero ni a iniciar acciones legales por los daños que haya sufrido como consecuencia de la compra de ese producto. |
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| FISCALIZACIÓN Y CONTROL | ||||||||||||||||||||
El INAL realiza análisis de productos de su incumbencia: alimentos, suplementos dietarios, productos de uso doméstico y materiales en contacto con los alimentos. |
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Las prestaciones que se brindan son: |
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Las prestaciones son aranceladas (Disposición 2163/05) excepto las provenientes de organismos oficiales, denuncias y asociaciones de enfermos celíacos. |
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| Tipos De Análisis que se realizan | ||||||||||||||||||||
| Consultas: TE: 4340-0800 int: 3520 Correo electrónico: laboratorio@anmat.gov.ar |
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Análisis que se realizan en el Depto. de Control y Desarrollo del Instituto Nacional de Alimentos |
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| INCLUSIÓN / MODIFICACIÓN DEL CAA | ||||||||||||||||||||
Guía de Procedimientos para las presentaciones ante la CONAL |
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