| Disposición Nº 5882/05 |
Prohíbese la comercialización y expendio de los productos especiales elaborados por la firma Nestlé Argentina S.A., denominados según la rotulación de su envase: Nestlé Maíz, Etapa 1, peso neto 200 g “libre de gluten”, “Sin T.A.C.C.”, marca Nestlé, RNPA 02-342169, L. 41120242A, por incluir en el rotulado “libre de gluten. Sin T.A.C.C.” en contravención a los arts. 2, 3 y 4 de la Resolución Conjunta SPR y RS y SAGP y A nros. 120/2003 y 516/2003 BO 26/10/05 |