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CLAUSURA O INHIBICIÓN DE ESTABLECIMIENTO
 
3 de Octubre de 2000
 
Disposición Nº 5877/2000
 

Las actuaciones se iniciaron como consecuencia de una solicitud presentada por la firma RIGECIN LABS S.A.C.I.F.I., en la cual solicitaba el levantamiento de la clausura de su local. Dicha medida había sido tomada por Disposición ANMAT nº 4745/00, debido al incumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control (Disposiciones ANMAT nº 1930/95 y 1147/97).

 

A fin de responder dicho pedido, agentes del INAME realizaron una nueva inspección en el establecimiento mencionado, sito en la calle Cachi 1204/6 de la Capital Federal. Durante el procedimiento, los funcionarios verificaron que se han realizado avances documentales y operacionales tendientes a adecuar al local a los lineamientos de las Disposiciones vigentes, por lo que concluyeron que están dadas las condiciones para la reanudación de las actividades productivas.

 

Por todo lo expuesto, se levantó la clausura anteriormente dictada.

 
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