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CLAUSURA O INHIBICIÓN DE ESTABLECIMIENTO
 
9 de Diciembre de 1999
 
Disposición Nº 6813/1999
 

Las actuaciones se iniciaron como consecuencia de que, mediante disposición nº 2798/99, esta Adminstración Nacional había clausurado preventivamente el establecimiento de la firma APOLO S.A., hasta tanto obtuviera la certificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control de Calidad.

 

Si bien posteriormente, por medio de la disposición nº 3183/99, se había levantado dicha medida precautoria, quedaba exceptuada de ella la elaboración de inyectables de pequeño volumen.

 

Sin embargo, al realizarse una nueva inspección en la planta, ubicada en la calle Alem 2967 de la ciudad de Rosario (pcia. de Santa Fe), los funcionarios del INAME verificaron el cumplimiento de las normas de GMP en todos sus aspectos. En consecuencia, también se levantó la clausura del local en lo referente a la elaboración de inyectables de pequeño volumen.

 
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