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Reglamento Interno de las Subcomisiones, Funciones y responsabilidades:
 
   
 
 

El Coordinador de cada Subcomisión reportará al Director Ejecutivo de la Comisión Permanente; y propondrá a través de él, a la Comisión Permanente la integración de la Subcomisión que coordina, adjuntando el Curriculum Vitae de cada uno de los miembros.

 
 
 

El Coordinador de cada Subcomisión recibirá de la Comisión Permanente, a través de su Secretaría Técnica, los textos para su evaluación.

 
 
 

Por otro lado, el Coordinador deberá distribuir, también a fines de su evaluación, los citados textos, entre los miembros integrantes de la Subcomisión que coordina.

 
 
 

Cada integrante tendrá un tiempo de 10 días para realizar la evaluación de un Texto, debiendo emitir un informe escrito y enviarlo a su Coordinador.

 
 
 

Por su parte el Coordinador deberá realizar un informe final, teniendo en cuenta para ello, los informes individuales de los integrantes de la Subcomisión y el suyo propio.

 
 
 

El Coordinador de cada Subcomisión deberá enviar dicho informe final a la Secretaría Técnica de la Comisión Permanente, quien podrá requerirle o no el informe individual de la totalidad o de algunos de los integrantes de la Subcomisión.

 
 
 

El Coordinador de las Subcomisiones deberá llevar un registro de los textos recibidos para su evaluación, como así también de los informes recibidos por los integrantes de la misma.

 
 
 

El Coordinador deberá elaborar un informe mensual de lo actuado en el transcurso del mismo: textos recibidos, informes realizados, informes recibidos, textos pendientes, etc.

 
 
 

El Coordinador de las Subcomisiones podrá considerar el reemplazo de alguno de sus miembros, en el caso en que no recibiera el informe escrito de tres textos sucesivos, debiéndolo informar a la Coordinadora Técnica de la Comisión Permanente, pudiendo proponer, de ser necesario un nuevo integrante de la misma.

 
 
 

El Coordinador de cada una de las Subcomisiones deberá reunirse, por lo menos una vez al mes con el Director Ejecutivo y la Secretaria Técnica de la Comisión Permanente de la Farmacopea Argentina, a fin de evaluar en forma conjunta el desarrollo de las actividades necesarias para cumplir el objetivo.

 
 
 
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