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Medicamentosdeusocompasivo
Cómo proceder cuando un medicamento no se vende en el país
A través del área de Comercio Exterior de
la ANMAT, es posible solicitar la importa-
ción de
medicamentos que no se comer-
cializan actualmente en Argentina
y que
resultan irremplazables para el tratamien-
to del paciente.
¿Qué documentación necesito?
1)
Receta original y fotocopia. La receta
debe incluir:
- Nombre y apellido del paciente.
- Nombre del medicamento, y el o los
principios activos o genéricos.
- Cantidad total del medicamento para un
tratamiento que no supere los 60 días.
2)
original y fotocopia,
completada por el médico tratante.
3)
Certificado donde figure el nombre del
paciente y se aclare que el producto a
importar no se comercializa actualmente en
el país o bien que el paciente “no responde a
la terapéutica convencional y/o sufre intole-
rancia a la misma”.
4)
Fotocopia del prospecto y/o fórmula
cuali-cuantitativa de los principios activos
del producto a importar.
¿Dónde presento el trámite?
Presentar la documentación en el Servicio
de Comercio Exterior ANMAT – Sede INAME,
Caseros 2161, C.A.B.A. De lunes a viernes,
de 10 a 13hs. Tel. 4340-0800, interno 2815.
El trámite se autoriza y retira en el momen-
to, y es gratuito. Luego, el paciente debe
encargarse del pedido del medicamento al
exterior, mediante las empresas existentes
un listado a modo orientativo).