RETIRO DE PRODUCTOS DEL MERCADO |
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5 de Marzo de 2001 |
Disposición Nº 1345/2001 |
Las actuaciones se iniciaron como consecuencia de una inspección realizada por agentes del INAME en el establecimiento de la firma EMSA S.A., ubicado en la calle Charlone 648/50 de la Capital Federal. En dicho operativo, los funcionarios constataron el incumplimiento, por parte de la firma inspeccionada, de ítems imprescindibles y necesarios del régimen de Buenas Prácticas de Fabricación y Control establecidos en la Disposición ANMAT nº 3623/97. |
Asimismo, según los agentes, se habrían verificado también las siguientes irregularidades: |
Por todo lo expuesto, se prohibió la comercialización y uso en todo el país de los productos elaborados por la firma Laboratorios Britania, los cuales fueron fraccionados, distribuidos y comercializados por EMSA S.A. sin envases secundarios ni rótulos donde se indique el número de lote o partida, fecha de vencimiento, número de certificado ni disposición autorizante. |
También se prohibió la comercialización y uso en todo el país de los reactivos rotulados de la siguiente manera, los cuales no se encuentran autorizados por esta Administración Nacional: |
Además, se hizo saber a la firma ESMA S.A. que deberá efectuar el recupero de las unidades señaladas en los arts. 2º y 3º de la presente. |
Por otra parte, se prohibió la comercialización y uso en todo el país de las siguientes unidades encontradas en los depósitos de la firma, en cuyos rótulos no se indicaba establecimiento importador, número de certificado ni disposición autorizante emitida por la ANMAT: |
Por último, se prohibió la comercialización y uso en todo el país de los productos cuyos envases carecen de indicación de todas o algunas de las siguientes informaciones: nombre y domicilio del establecimiento elaborador y/o importador, número de certificado, disposición autorizante emitida por la ANMAT, número de lote o partida. Los reactivos son los siguientes: |