RETIRO DE PRODUCTOS DEL MERCADO
 
5 de Diciembre de 2001
 
Disposición Nº 6548/2001
 

Las actuaciones se iniciaron como consecuencia de una presentación efectuada por el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, en la que solicitaba la realización de análisis en diez muestras de soluciones fisiológicas no estériles. Como consecuencia de ello, el INAME decidió que se efectuaran inspecciones de retiro de muestras en todo el país.

 

Realizados los procedimientos y los análisis correspondientes, se decidió prohibir la comercialización y uso de los productos rotulados de la siguiente manera:

  •  “SOLUCIÓN FISIOLÓGICA / ESTERILIZADA POR CALOR HÚMEDO / NO INYECTABLE x 250 ml. y 100 ml. Elaborado por QUÍMICA JUJUY”.
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    La prohibición se debe a que el producto no cumple con las Disposiciones ANMAT nº 6459/99 y 7352/99.

  •  “SOLUCIÓN FISIOLÓGICA ESTERILIZADA NO INYECTABLE FARMACOPEA VI EDICIÓN x 100 ml. (lote SF 001 con vto. 06/03)”.
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    La prohibición se debe a que el lote no cumple con la Disposición nº 6459/99.

  •   “SOLUCIÓN FISIOLÓGICA DROSANTO x 100 ml. No usar por vía inyectable. Fraccionada por Droguería San Antonio (lote 10 10 21 con vto. 01/04)”.
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    La prohibición se debe a que el producto no cumple con las Disposiciones ANMAT nº 6459/99 y 7352/99, y a que lleva en su rótulo la leyenda “ANMAT dispone 1282/00”, la cual no se aplica al caso.

  •  “SOLUCIÓN FISIOLÓGICA x 100 ml. Elaborada por LEOFARM (lote S 002 con vto. jun/2003).
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    La prohibición se debe a que el producto no cumple con las Disposiciones ANMAT nº 6459/99 y 7352/99.