RETIRO DE PRODUCTOS DEL MERCADO
 
30 de Agosto de 2001
 
Disposición Nº 4587/2001
 

Las actuaciones se iniciaron como consecuencia de una notificación realizada por el INAME con respecto a irrgularidades detectadas en dos productos rotulados de la siguiente manera:

 

1- “CREMA CURATIVA DR. SELBY x 40 g. Lotes 925 (con vto. 6/05) y 971 (con vto. 2/06). Industria Uruguaya.

 

2- “GOTAS NASALES DR. SELBY. Solución 1:100. Lote 3519 con vto 5/05. Industria Uruguaya”.

 

Días después, el co-director técnico del INSTITUTO SIDUS S.A., titular de la marca registrada de los medicamentos en cuestión, no reconoció a las muestras exhibidas como propias del laboratorio, ya que los productos son elaborados en la República Oriental del Uruguay. Además, en las actuaciones se agregó el informe producido por la coordinadora del Programa de Pesquisa de Medicamentos Ilegítimos, quien concluyó que, de acuerdo con las constancias obrantes en el expediente, se trata de partidas ilegítimas.

 

Por todo lo expuesto, se prohibió la comercialización y uso de los lotes mencionados en todo el país.